jueves, 27 de junio de 2013

Caminos Ganaderos - Vías Pecuarias -16




Las vías pecuarias (soporte físico - 1)
Posiblemente su mayor problema viene generado directamente por su condición de Bien de Dominio Público, La tradicional falta de custodia de las vías pecuarias ha conducido a una situación que dista mucho de los antiguos conflictos ente agricultores y ganaderos por la utilización de unos cuantos palmos de tierra, evolucionando hacia situaciones más agresivas que afectan a enormes superficies, atentan-do, en ocasiones, a su continuidad y con un importante grado de irreversibilidad.
Cuando las agresiones provienen de las instituciones públicas, se le
s aplica eufemísticamente la denominación de "prevalencias" ocultando, en muchos casos, intrusiones de gran magnitud.
Las agresiones, por parte de particulares, consisten fundamentalmente en apropiaciones puntuales de superficie o usos indebidos de las vías pecuarias.
La mayoría de las actuaciones conducen irremediablemente a una disminución de los recursos pastables (imprescindibles aplicando la definición de vía pecuaria como pasto alargado), dificultades para el tránsito del rebaño y continuos peligros e incomodidades para pastores y animales.

lunes, 24 de junio de 2013

Caminos Ganaderos - Vías Pecuarias - 15




Problemática de la trashumancia
La trashumancia no debe entenderse como una modalidad ganadera arcaica sino como un complejo sistema en el que intervienen múltiples factores: históricos, culturales, económicos, sociales y ecológicos. Entendiendo el paisaje como un conjunto de interacciones entre el medio natural y el medio humano, la trashumancia ha funcionado históricamente como un agente modelador del paisaje sobre el que todavía actúa: las grandes dehesas y los pastos de montaña han dependido del manejo del territorio, básicamente extensivo.
Desde esta perspectiva la problemática debe abordarse bajo un enfoque integrador que incluya grandes bloques: el soporte físico (las vías pecuarias), el soporte humano (factor social) y el mercado (condicionantes económicos).

jueves, 20 de junio de 2013

Caminos Ganaderos - Vías pecuarias - 14



Esta moda, impuesta en gran medida por las campañas publicitarias de los fabricantes, además de resultar incompatible con la correcta conservación de estas milenarias rutas ibéricas, agrede al propio espíritu de la Ley española de Vías Pecuarias, que no contempla el uso motorizado de las mismas salvo en circunstancias locales, profesionalmente justificadas, y básicamente como apoyo al uso tradicional del tránsito de ganado.
Los efectos negativos de la conducción deportiva utilizando vías pecuarias como soporte, podemos resumirlas en los siguientes puntos:
  • Contaminación acústica, que afecta a la fauna de forma negativa, sobre todo en períodos críticos (cortejo, reproducción y cría).
  • Contaminación atmosférica y de las aguas por emisión de gases tóxicos (hidrocarburos inquemados, monóxido de carbono, etc.).
  • Turbidez de las aguas de los arroyos por el paso indiscriminado de estos vehículos
  • Erosión del suelo, debido al ancho y al dibujo de las ruedas. Si el paso es continuado, se produce la compactación del suelo, lo que facilita el trabajo a los agentes denudadores (erosivos)
  • Daños en pastos y sembrados debido al paso de este tipo de vehículos.
  • Molestias para el ganado en las fincas colindantes

En general, producen efecto disuasorio para la puesta en valor de las posibilidades de las vías pecuarias como soporte de otras actividades de ocio respetuosas con el medio natural, que propicien el desarrollo local y la generación de empleo y riqueza.

domingo, 16 de junio de 2013

Caminos Ganaderos - Vías Pecuarias - 13




En vista de esta situación, se hace absolutamente necesario atender a ciertas recomendaciones si en algo se quiere paliar el ritmo de deterioro de las vías pecuarias:

  • Evitar, en la medida de lo posible, el solapamiento de trazados de vías pecuarias y carreteras de nueva construcción, considerándose patrimonio histórico, cultural y natural, que a toda costa debe ser conservado.
  •  Restituir todos los terrenos afectados, tanto en la obra de construcción, cuanto más en los trazados definitivos de las carreteras de nueva apertura, restitución, que en todos los casos, ha de realizarse con las características que la Ley de Vías Pecuarias en su artículo 35.1, según las características de las mis-mas. "En los cruces de las vías pecuarias con líneas férreas, autopistas y carreteras, se facilitará por la Entidad Titular o Concesionaria de estas, el tránsito de ganados y demás comunicaciones agrarias de interés general, con pasos al mismo o distinto nivel".
  • Contemplar en las Evaluaciones de Impacto Ambiental la presencia del apartado dedicado a vías pecuarias, ya que en la actualidad los Estudios de Impacto Ambiental son la herramienta legal. El reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental 1302/1986, en su artículo 5: "Se entiende por Evaluación de Impacto Ambiental el conjunto de estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de un determinado proyecto, obra o actividad, causa sobre el medio ambiente", con la que poder prever y minimizar los atentados que sobre el medio natural y social se vienen realizando.
  • En los últimos años, estamos asistiendo a un fuerte auge de la conducción deportiva de vehículos todo-terreno (tanto de los denominados 4x4, como de motocicletas todoterreno) que utilizan el patrimonio colectivo de las cañadas ganaderas, además de otros caminos rurales a modo de pista de conducción.

martes, 11 de junio de 2013

Caminos Ganaderos - Vias Pecuarias - 12



Sin pretender incurrir en modelos antidesarrollistas, pero sí como llamada de atención frente al abandono que están sufriendo estas vías, cabe mencionar como importante responsable de su deterioro la ejecución de numerosas obras públicas de distinto carácter.
         Existe una interminable lista de ejemplos, tanto antiguos como actuales, de carreteras que aprovechando trazados seculares que facilitan el paso de los puertos montañosos y, en general, las rutas ya existentes que suponen las vías pecuarias, han solapado cañada y carretera sin atender a la restitución del territorio que la propia Ley de Vías Pecuarias (Ley 22/1974) y su Reglamento de 1978.
        En muchos otros casos, no se trata de una usurpación longitudinal, sino del seccionamiento de la cañada provocando efectos de corte o efectos barrera en poblaciones y en su propia actividad pecuaria.